Islas Cook aseguradoras

Compañías de seguro en las Islas Cook

Una compañía offshore, usualmente conocida como una compañía “cautiva”, es por lo general una subsidiaria de una grande compañía o grupo de compañías. Su propósito es ofrecer seguros dentro de la compañía matríz o un grupo, así ahorrando costos externos y generando ganancias en una jurisdicción de bajo impuestos. Los beneficios finales no necesariamente son la fuerza motora, pero pueden ser significantes. El acceso directo a reaseguros es otra importante ventaja de una compañía de seguros cautiva.

Algunos países con altos impuestos activamente trabajan para prevenir el cambio excesivo de ingresos a compañias de seguro cautivas, pero usualmente sin reducir seriamente los beneficios fiscales. Además de ofrecer ahorros fiscales, muchas veces el Centro Financiero Offshore Internacional ofrece un régimen de seguros de supervisión menos regulado y burocrático que el país de la compañía mátriz. La compañía de seguros cautiva puede, por ejemplo, emplear su capital más efectivamente que una compañía de seguros doméstica.

Las ventajas considerables de compañías de seguro cautivas han llevado al desarrollo de una industria cautiva mundial y los Centros Financieros Offshore Internacionales han competido entre si mismos para establecer regimenes atractivos para las compañías de seguro cautivas.

El Acta de Seguros de 2008 tomó efecto el 1 de enero de 2009. Su propósito es reglamentar seguros domésticos y offshore bajo el paraguas de reglamentos de la Comisión de Servicios Financieros (FSC). Esto incluye aseguradores, tanto para vida como para negocios generales, agentes, corredores y gerentes de seguros. También actualiza el régimen de supervisión para aseguradores offshore. En agosto de 2009, la FSC finalizó un Código de Seguros para apoyar la nueva legislación.

Desde el 1 de enero de 2009, es un delito proporcionar seguros a menos que la compañía tenga una licencia otorgada por la FSC o sea autorizada como una aseguradora externa bajo la sección 11 del Acta. Donde exista una capacidad insuficiente del mercado de establecer una política específica, se puede obtener una exención por la Comisión bajo la sección 7 del Acta para que el seguro sea proporcionado por un asegurador sin licencia. También es un delito hacerse pasar por un agente de seguros o corredor a menos que tenga una licencia otorgada por la FSC. Provisiones de transición aplican para aquellas compañías, agentes y corredores que llevaban a cabo negocios en las Islas Cook desde el 31 de diciembre de 2008.

La licencia de seguros otorgada será de una de las siguientes categorías:

  • Categoría A: puede ser otorgada sólo a una compañía constituida bajo el Acta de Compañías y autoriza al titular a llevar a cabo negocios de seguros, incluyendo negocios domésticos.
  • Categoría B: puede ser otorgada sólo a un asegurador externo que lleva a cabo negocios de seguros en las Islas Cook desde una oficina sucursal de las Islas Cook y autoriza al titular a llevar a cabo negocios de seguros domésticos.
  • Categoría C: puede ser otorgada sólo a una compañía constituida bajo el Acta de Compañías Internacionales y que autoriza al titular a llevar a cabo negocios internacionales únicamente.

Anterior al Acta de Seguros de 2008, la ley relacionada a seguros y licencias de comañías de seguros se establecía en el Acta de Seguros Offshore de 1981 y en el Acta de Servicios Financieros Offshore de 1998.

Sólo una Compañía Internacional o una Compañía Extranjera constituida bajo el Acta de Compañías Internacionales de 1981-1982 puede ser autorizada para llevar a cabo negocios de seguros bajo la legislación anterior. Un titular de una licencia podría por lo tanto, no tratar con el Mercado local y estaría restringido a transacciones de negocios de seguros offshore y todos los beneficiarios tendrían que vivir fuera de las Islas Cook.

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