Islas Vírgenes Británicas fideicomisos

Fideicomisos en las Islas Vírgenes

Fideicomisos en las Islas Vírgenes se forman bajo la Ordenanza de Fideicomisos de 1961 (basada en el Acta de Fideicomitente Inglés de 1925), actualizada y enmendada por el Acta de Enmienda de Fideicomitente de 1993.

Desde el Acta de 1993, no hay ningún requisito para registrar fideicomisos en las Islas Vírgenes y no existe divulgación pública sobre la información de fideicomisos.

Debido al Acta de Enmienda, el régimen para fideicomisos en las Islas Vírgenes es muy flexible. A continuación, las características principales de la ley de fideicomisos en las Islas Vírgenes:

  • El derecho propio de un fideicomiso se puede especificar por el instrumento del fideicomiso; en la ausencia de una jurisdicción específica, un fideicomiso estará bajo la legislación de las Islas Vírgenes si el fideicomitente o la administración del fideicomiso está situada en las Islas Vírgenes;
  • Fideicomisos pueden entrar y salir de las Islas Vírgenes; pero la salida es posible únicamente si la jurisdicción de destino reconoce la validez del fideicomiso;
  • Fideicomisos de propósito se permiten en perpetuidad y deben tener por lo menos un fideicomitente de las Islas Vírgenes (residente profesional o equivalente);
  • El periódo de perpetuidad puede establecerse por 100 años, pero “vida en el ser” todavía es posible;
  • Provisiones “esperar y ver“ son incluidos como estándar;
  • “Protectores” son explícitamente permitidos y sus poderes claramente definidos;
  • Se excluyen provisiones de herencia forzosa;
  • A fideicomitentes se les puede otorgar poderes de inversión discretos amplios;
  • Fideicomisos de las Islas Vírgenes están exentos de todo impuesto siempre que no haya beneficiario residente ni activos de las Islas Vírgenes.

El uso tradicional de fideicomisos es la protección y preservación de activos familiares. Los propósitos más comúnes para establecer fideicomisos son:

  • Protección de Activos
  • Sustituto de Testamento y Evitar la legalización de un testamento
  • Evitar Herencia Forzosa
  • Planificación de Sucesión Familiar
  • Planificación Fiscal y Evitar Impuestos de Propiedad
  • Beneficio de caridad y Objetivos de Propósito
  • Confidencialidad y Protección de Privacidad
  • Planificación de Contingencia

Fideicomiso es una relación entre tres partes: Fideicomisario, Fideicomitente y Beneficiario(s).

Fideicomisario es la persona o corporación que establece el Fideicomiso.

Fideicomitente es la persona o corporación nombrada por el Fideicomisario que mantiene la propiedad local de los activos en el Fideicomiso para el beneficio de los Beneficiarios.

Beneficiarios son las personas, corporaciones u organizaciones benéficas que tienen el derecho beneficioso de gozar de los activos en el Fideicomiso.

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