Sociedades en Estonia

Sociedad Pública de responsabilidad limitada (AS) o sociedad anónima

El capital social El capital social mínimo es de 25 000 euros. La contribución del capital propio puede tomar la forma de dinero en efectivo y la contribución propiedad. El capital está dividido en acciones, que pueden ser objeto de comercio o se ofrecen para la venta al público. Las acciones deben ser registradas e inscritas en el Registro Central de Estonia de Valores. Los derechos inherentes a las acciones registradas pertenecen a la persona que entró como accionista en el registro de acciones.

Fundador - una o más personas pueden ser el fundadores o accionistas de una sociedad anónima, y pueden ser tanto personas físicas como personas jurídicas. El fundador puede ser residente o no residente de la República de Estonia.

Estado - una sociedad anónima se considera una entidad legal.

Responsabilidad - los fundadores o accionistas de una sociedad anónima no es personalmente responsable de las obligaciones de la empresa. Una sociedad anónima es responsable por el cumplimiento de sus obligaciones con todos sus bienes.

Responsables de la dirección - una empresa debe tener un consejo de administración y consejo de vigilancia. El Consejo de Administración es un órgano directivo de la sociedad anónima que representa y dirige la sociedad anónima. Un miembro del consejo de administración no tiene que ser un accionista. La junta directiva se compone de uno o más directores; el director sólo pueden ser personas residentes. Un miembro del consejo de supervisión no debe ser miembro de la junta directiva. Al menos el 50% de los miembros de la junta del consejo de administración deben ser residentes de la Unión Europea, Suiza, Noruega, Islandia o Liechtenstein.

El consejo de supervisión debe planificar las actividades de la sociedad anónima, organizar la administración de la sociedad anónima y supervisar las actividades de la junta directiva. El Consejo de Vigilancia debe notificar a la junta general de los resultados de una revisión. El consejo de supervisión debe dar órdenes a la junta directiva de la organización de la gestión de la sociedad anónima. El consejo de supervisión debe tener tres miembros a menos que los estatutos establecen un mayor número de miembros.

Auditoría - la empresa debe designar a un auditor.

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