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Compañías en Netherland

Holanda es actualmente uno de los centros más modernos y dinámicos para el comercio y la industria para un mercado en crecimiento que se presenta en forma competitiva, con muchas oportunidades para que todos los sectores, especialmente las pequeñas y medianas empresas de negocios.

Todo esto es porque tienen una visión con perspectivas internacionales y el clima económico en el futuro que se presenta como uno de los más accesibles del mundo.

Una sociedad de cartera Holanda puede ser utilizada para combinar distintos tipos de actividades como la recogida de los dividendos, intereses y regalías de las filiales.

Holanda es sinónimo de oportunidades y hay pocas barreras para iniciar actividades comerciales en el territorio son, tienen un sofisticado sistema jurídico y financiero que se adapta a las necesidades de las personas con muchos incentivos.

Sociedades Holding

Hay dos tipos de formas en que las empresas pueden crear, ya sea como una empresa de responsabilidad limitada-BV o también como una sociedad anónima-NV.

Compañia Privada de Responsabilidad Limitada- BV requisitos:

Para estar debidamente constituida, una B.V. necesita por lo menos y un (1) administrador (director) que debe ser una persona física y debe ser residente en el país.

  • Un mínimo de un (1) accionista
  • El capital social para establecer que es de 18.000 €.

La información de ambos, el gerente y los accionistas aparecen en los registros públicos. Esta empresa no puede emitir acciones al portador, sólo se registran. Tampoco puede transferir acciones libremente.

Los impuestos

  • Holanda tiene un privilegio de la afiliación. Esta ventaja fiscal a las sociedades holding no es más que nada que no se grava, no paga nada por los dividendos y los beneficios que reportan a sus filiales. (Siempre y cuando tienen un interés en el mínimo subsidiaria 5%).
  • La otra atracción de las multinacionales que utilizan impuestos es muy similar al privilegio de la paternidad, sino que se aplica a cualquier negocio sin la necesidad de ser una sociedad de cartera. Además, Holanda es el mayor número de tratados para evitar la doble imposición de los beneficios empresariales. En virtud de un tratado de este tipo, las empresas con operaciones en un país extranjero eluden pagar impuestos dos veces (cuando se declara por los beneficios de su filial, y mediante la consolidación de la ganancia en las cuentas de la matriz), como en la mayoría de los países.

Doble imposición

El propósito de los tratados es buscar objetivos más ambiciosos que la doble imposición, llegando a formas de cooperación entre las administraciones fiscales. Se establece la posibilidad de ocurrencia de intercambio de información entre los Estados signatarios para la correcta aplicación de la Convención y prevenir el fraude y la evasión fiscal.

Países Bajos trata con:

Argentina, Armenia, Aruba, Australia, Austria, Bangladesh, Belarús, Bélgica, Brasil, Bulgaria, Canadá, China, Croacia, República Checa, Dinamarca, Egipto, Estonia, Finlandia, Francia, Georgia, Alemania, Grecia, Hungría, Islandia, India , Indonesia, Irlanda, Israel, Italia, Japón, Kazajstán, Corea, Kuwait, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Macedonia, Malawi, Malasia, Malta, México, Moldova, Mongolia, Marruecos, Países Bajos, Antillas, Nueva Zealanda, Nigeria, Noruega, Pakistán , Filipinas, Polonia, Portugal, Rumania, Federación de Rusia, Singapore, República Eslovaca, Sudáfrica, España, Sri Lanka, Suriname, Suecia, Suiza, Taiwán, Tailandia, Túnez, Turquía, Ucrania, Reino Unido, EE.UU., URSS, Uzbekistán, Venezuela , Vietnam, Yugoslavia, Zambia, Zimbabwe.

Ejemplo de los acuerdos de doble imposición:

Entre España y los Países Bajos:

  • En general: 15%
  • Si la empresa que recibe los dividendos posee el 50% o más de la filial o tiene el 25% o más del capital y no hay por lo menos una empresa holandesa que posee también que el 25% o más: 10%
  • Si la empresa que recibe los dividendos posee el 50% y no se requiere del Impuesto sobre Sociedades en los Países Bajos por los mismos dividendos (aplicación del "Participación de exención"): 5%

Beneficios

  • Holanda no requiere ninguna licencia para vender o comprar productos en el país y el 77% de la población domina un idioma distinto del suyo, y el 44% habla tres idiomas.
  • Los dividendos entrantes: exenta, o sujetos a bajas tasas de retención de impuestos en la jurisdicción de la filial.
  • Los ingresos por dividendos recibidos: exenta, o sujetos a bajas tasas de impuesto de sociedades en la jurisdicción del holding.
  • imposición de las plusvalías por venta de acciones: Todos los beneficios de la venta de las acciones están sujetas al pago de las bajas tasas de impuesto o están exentos de.
  • Los dividendos salientes: exenta, o sujetos a bajas tasas de retención de impuestos en la jurisdicción del holding.
  • El alivio de la doble imposición sobre las plusvalías de la venta de acciones de otras empresas.

Fundaciones en Países Bajos

La fundación es una entidad jurídica que nace de la donación de una finca de una persona o empresa con fines específicos, que se exponen en su carta fundacional. Es un concepto legal similar a la confianza o confiar en el, pero mientras los primeros son esencialmente contratos que se rigen por la ley, la Fundación Privada es una entidad con personalidad jurídica, por lo general objetivos idealistas o social. Una fundación se le permite obtener beneficios, pero hay restricciones sobre cómo los beneficios pueden ser asignados.

En principio, las fundaciones gerente no se hace responsable de las obligaciones. Sin embargo, si la base es un negocio, los gerentes pueden ser consideradas responsables en ciertas circunstancias.

Fundaciones por lo tanto puede ser dueño de propiedades o bienes, abrir cuentas bancarias y tener sus propias deudas y obligaciones. La fundación privada es diferente de otras fundaciones en que su propósito no es de interés público, pero que se hace con fines de interés privado, que sólo se permite en unos pocos países cuentan con legislación específica en este sentido.

En comparación con una empresa comercial, la fundación privada no tiene socios o accionistas y no puede participar en los negocios o con fines de lucro, a menos que estos se producen poco común y generalmente sirven a sus propósitos.

Se permite la venta de bienes inmuebles en poder de la fundación, pero no pudo participar en el negocio de compra y venta de propiedades.

Requisitos

  • El fundador
    Es la persona o entidad (puede ser una empresa) donó los bienes o derechos.
  • Propiedad
    También se llama el "corpus" (cuerpo). Puede ser de cualquier naturaleza, incluidos los bienes, dinero en efectivo, títulos valores, y otros. El más común se establece una contribución inicial de dinero, que puede coincidir con el capital mínimo requerido para la capacitación y luego, gradualmente, la transferencia de otros bienes o activos a partir de entonces.
  • Beneficiarios
    Son las personas en cuyo beneficio se hacen con fines de la fundación privada. El propio fundador también tiene la opción de establecerse como beneficiario. Por ejemplo, puede establecer como el destinatario de los beneficios de la fundación hasta su muerte y luego pasar a otros beneficiarios.
  • El consejo de la fundación
    Las personas responsables de la gestión y cumplimiento de los fines de la fundación. Normalmente a varias personas nombradas por el fundador. Puede ser tanto personas físicas y jurídicas (empresas). El propio fundador, si lo desea, puede formar parte del consejo de la fundación.
  • El acta fundacional
    Es equivalente al certificado de constitución o escritura de constitución de empresas y por lo tanto el documento más importante. Suele ser obligatorio el registro en un registro público y contiene todos los datos pertinentes sobre la fundación. Describe su propósito, identifica los miembros fundadores y establece la forma de designar a los beneficiarios. Estos, sin embargo, no tienen que ser identificadas en los mismos minutos, pero se puede establecer en un documento complementario y privadas, que la jurisdicción tiene diferentes nombres. Puede ser denominadas reglas, estatutos o leyes complementarias. Al igual que en los fideicomisos, el fideicomitente por lo general puede incluir una cláusula de revisión o revocación.
  • El reglamentarias y complementarias.
    El documento es muy similar a la carta de solicitud de los deseos, que se utiliza en los fideicomisos. Como se explicó anteriormente, se identifica a los beneficiarios y el establecimiento de las condiciones en que van a recibir los beneficios o ingresos de la fundación. Las fundaciones privadas también ofrecen muchas opciones para la protección de la intimidad. Así que el fundador puede permanecer en el anonimato mediante el uso de uno de los fundadores y clasificaciones fundación bordo.

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